19/6/2012

Zaragoza.- Los familiares de una paciente turolense denunciaron al Servicio Aragonés de Salud por considerar que la mujer falleció a causa de un tromboembolismo pulmonar, tras una intervención de rodilla. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha absuelto a la administración autonómica.
Los magistrados señalan en una sentencia que no puede señalarse que existiera una mala praxis médica cuando existió una falta de unanimidad a la hora de administrar un medicamento. “Es evidente que no hay mala praxis, pues no puede haberla sobre un tema controvertido, como es el caso y donde hay médicos que están a favor de un determinado tratamiento y otros de otro”, señalan.
En cualquier caso, el tribunal destaca y acepta que el protocolo terapéutico seguido por los médicos en este caso se ajustó a los parámetros contemplados por la Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología (Secot).
Por ello, en la sentencia aseveran que el fallecimiento de la paciente “no fue debido a una defectuosa prestación de asistencia médica y sanitaria, pues no es correcto científicamente mantener que han de prolongarse más de 20 días la heparina, cuando además aquí se prorrogó unos días”. Además, advierten que, cuando estaba en su casa, el médico de atención primaria y la enfermera la atendieron con corrección y la enfermera le pinchaba todos los días y no comentó ningún dolor, ni complicación que obligase a modificar el tratamiento instaurado.
Una respuesta judicial a la demanda del esposo e hijos que alegaron mala praxis en la administración de un anticoagulante, como tratamiento post-operatorio y pedían una indemnización de 97.774 euros por la defunción de la mujer.
El abogado Javier Moreno, del despacho Asjusa Letramed, que representa a Zurich Seguros como aseguradora de la Administración sanitaria aragonesa, destaca que en “derecho no se puede tomar partido por una corriente médica en favor de otra diferente, atendiendo a la máxima según la cual el Derecho no puede terciar entre Hipócrates y Galeno”.
De este modo, añade el letrado, “si no hay acuerdo entre los profesionales de la Medicina sobre cuál es el tratamiento correcto en un determinado supuesto, el Tribunal no puede tomar partido por una corriente médica en detrimento de otra, pues no hay infracción de la lex artis, al no ser ésta unánime”.
Murió tras ser operada de una rodilla
En el mes de noviembre del año 2000, la paciente se sometió en el Hospital General de Teruel a una intervención de artrosplasia en una rodilla. Tras la operación, los servicios médicos le prescribieron la administración de un anticoagulante durante 20 días, si bien, como consta en la sentencia, “se prolongó más tiempo”.
Al año siguiente, la mujer se sometió a la misma intervención en la otra rodilla, y el protocolo de actuación y tratamiento fue el mismo que la vez anterior. Recibió el alta de esta segunda operación en septiembre de 2001 y en julio de 2002 se le detectó una infección, por lo que tuvo que ser intervenida para retirarle la prótesis.
Al igual que en las ocasiones anteriores, se le prescribió anticoagulante Clexane 40, cada 24 horas y durante 20 días, periodo tras el cual se recomendó a la paciente que aumentara progresivamente su movilidad para evitar una posible embolia. A partir de ese instante, el seguimiento diario de la paciente correspondió al centro de salud, así como la administración del medicamento, un derivado de la heparina. Cuatro días antes de que la mujer tuviera que acudir a revisión con el especialista, sufrió un cuadro de disnea intensa, sudoración fría, mareos, tos y dolor en cuádriceps izquierdo. Fue atendida en las Urgencias del Hospital de Teruel, donde se le diagnosticó tromboembolismo pulmonar y se le administró heparina sódica. Tras una leve mejoría, finalmente la paciente terminó falleciendo por la persistencia de la inestabilidad hemodinámica.
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